Encontrar un Proveedor
Publicado por IHSSHours.com ·
🌐 Read in English →Una vez que es aprobado para IHSS, una de las primeras decisiones que enfrentará es quién le proporcionará el cuidado. El programa IHSS de California le da al beneficiario una flexibilidad considerable para elegir a su proveedor — incluyendo la posibilidad de contratar a un familiar en la mayoría de los casos.
Sí. Hijos adultos, hermanos, padres de beneficiarios adultos y otros familiares pueden ser contratados y pagados como proveedores de IHSS. Un cónyuge o pareja doméstica registrada también puede recibir pago, pero solo por parte del cuidado: se espera que un cónyuge que vive en el hogar haga la mayoría de las tareas del hogar sin pago, pero puede recibir pago por servicios de cuidado personal y paramédicos — y por acompañamiento y Supervisión de Protección si dejó, o no puede aceptar, un trabajo de tiempo completo porque no hay otro proveedor adecuado disponible. Un padre o una madre puede ser el proveedor pagado de su propio hijo menor de edad con el trámite de inscripción normal: las condiciones anteriores — que no hubiera otro proveedor adecuado y que el padre no pudiera trabajar tiempo completo — se eliminaron en febrero de 2024. La única excepción es el Programa de Servicios de Cuidado Personal (PCSP), donde un padre todavía no puede ser el proveedor pagado. Muchas familias encuentran que este arreglo funciona mejor porque el proveedor de cuidado ya conoce las necesidades y la rutina del beneficiario.
Antes de que un proveedor pueda ser pagado, debe completar el proceso de inscripción de proveedores de California. Esto incluye presentar un Formulario de Inscripción de Proveedor (SOC 426) y un Acuerdo de Inscripción de Proveedor (SOC 846) firmados, completar una verificación de antecedentes a través del Departamento de Justicia de California, completar la orientación de proveedor a través del sitio web de IHSS, y crear una cuenta en el Sistema de Hojas de Registro Electrónicas.
Cada condado de California con IHSS tiene una Autoridad Pública — una agencia que mantiene un registro de proveedores de IHSS disponibles. Si no tiene un familiar o amigo que pueda proporcionar el cuidado, la Autoridad Pública puede conectarlo con proveedores disponibles y verificados en su área. Comuníquese con la Oficina de IHSS de su condado para contactar a la Autoridad Pública.
Los salarios de los proveedores de IHSS se establecen a nivel del condado y varían en todo California. La mayoría de los condados pagan entre $17 y $22 por hora a partir de 2026. Los proveedores presentan hojas de registro electrónicas dos veces al mes, del 1 al 15 y del 16 al fin de mes, a través del sistema estatal, y los pagos son emitidos directamente por el estado.
Puede cambiar de proveedor de IHSS en cualquier momento notificando a su trabajador social del condado. No hay límite en cuántas veces puede cambiar de proveedor. El nuevo proveedor debe completar la inscripción antes de poder comenzar a presentar hojas de registro.
- WIC 12301(a), MPP 30-763.41, ACL 21-91 — la regla del cónyuge capaz y disponible, y cuándo se le puede pagar a un cónyuge
- AB 120 (2023), ACL 23-106 (publicada el 21 de diciembre de 2023, vigente desde el 19 de febrero de 2024) — las condiciones para que un padre o una madre sea proveedor de un menor (las antiguas MPP 30-763.44 a 30-763.455) ya no se aplican; los padres siguen excluidos como proveedores solo en el Programa de Servicios de Cuidado Personal (PCSP)
- SOC 426, SOC 846 — formulario y acuerdo de inscripción del proveedor; el SOC 846 fija el pago dentro de 10 días hábiles de una hoja de registro correcta
- WIC 12305.81 y 12305.87 — elegibilidad del proveedor, condenas que descalifican y el proceso de exención individual
- WIC 12301.6, MPP 30-767 — responsabilidad del condado y la Autoridad Pública por la inscripción, la orientación y el registro de proveedores
- Hoja de salarios por condado del CDSS — salario del proveedor en cada condado
Citas verificadas con el Manual de Políticas y Procedimientos (MPP) del CDSS y las Cartas a Todos los Condados (ACL). Información educativa, no asesoría legal. Más sobre nuestras fuentes y método: Cómo calculamos los estimados (en inglés).
Información educativa, no asesoría legal. Solo su condado puede autorizar servicios de IHSS, y solo después de una evaluación. IHSSHours.com es un recurso independiente y no está afiliado con CDSS ni con ninguna oficina de IHSS del condado. · Más guías de IHSS
